Las Zonas Agroforestales ya pueden consultarse online en MapasCordoba

El Ministerio de Agricultura y Ganadería del Gobierno de Córdoba, puso en funcionamiento el Plan Provincial Agroforestal (PPA), en virtud de la Ley 10.467. El Plan prevé alcanzar en 10 años la implantación de árboles en unas 100.000 hectáreas en toda la provincia y un importante cambio de paradigma en el modelo productivo.

Para cumplir con los objetivos que se trazaron dentro de esta ley se depende del esfuerzo público-privado, al tratarse de una política pública que en el mediano plazo ofrecerá múltiples beneficios para Córdoba desde lo ambiental, lo social, el cuidado de los recursos naturales, lo paisajístico y turístico; pero que además incluye una mirada productiva con acciones destinadas a promover actividades foresto industriales.

El PPA obliga al propietario de establecimientos rurales a tener implantado con especies arbóreas entre el 2 y el 5 por ciento de la superficie, dependiendo de la zona y otras variables. Si ya cumple con esto (el detalle debe hacerse con la presentación de una Declaración Jurada) queda finalizado su compromiso con la ley; de lo contrario, deberá presentar un plan predial de implantación a cumplir en los próximos diez años.

Detalles de la Ley

En septiembre de 2017, con un amplio consenso, se sancionó la Ley 10.467, con obligación de cumplimiento  para el propietario de la tierra. Comprende tanto a predios destinados a la producción agropecuaria como aquellos que desarrollan la actividad foresto industrial.

Las excepciones son de dos tipos: temporales para los predios que se encuentren alcanzados por la emergencia y/o desastre agropecuario; y permanente para campos con salinas y que se encuentren por encima de los 1.600 metros sobre el nivel del mar.

Las sanciones previstas determinan que el monto de la multa puede alcanzar hasta el 100 por ciento del impuesto inmobiliario rural del predio representado. La autoridad de control y fiscalización es el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Zonas Agroforestales

Se considera cuenca hidrográfica a los territorios drenados por un sistema natural: es decir, hacen que el agua que proviene de las montañas o terrenos altos, descienda por la depresión hasta llegar al mar, o que vierta sus aguas a un único lago endorreico. Una cuenca hidrográfica está delimitada por la línea de las cumbres, también llamada divisoria de aguas.

En el caso del PPA, dentro de la subdivisión que se realiza en las cuencas hidrográficas por rango de cota (sub-cuencas), se generaron 55 Zonas Agroforestales, las que pueden consultarse online en MapasCordoba -el geoportal de IDECOR- en el siguiente link.

Cuando un obligado (propietario) se vincule mediante la plataforma “ciudadano digital” (CIDI) e ingrese a crear la “declaración jurada” (DDJJ) con dos o más cuentas catastrales (predios) destinados a la producción agropecuaria y los mismos se encuentren dentro de la misma cuenca hidrográfica y rango de cota (sub-cuenca), serán agrupados en una “Unidad Productiva” (UP), a los fines de determinar el porcentaje de cobertura arbórea por UP.

Mayor información puede obtenerse en la página del Plan Provincial Agroforestal, https://ppa.cba.gov.ar


Consultas y contacto:
Área Forestal
Secretaría de Agricultura
Ministerio de Agricultura y Ganadería
[email protected]

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