Usá y descargá los límites oficiales de las localidades de Córdoba

Contribución:
Ing. Agrim. Juan Carlos García
Arq. Clemencia Juarez

Dirección General de Catastro
Ing. Agrim. Hernán Morales
IDECOR 


16 de julio 2019

La provincia de Córdoba cuenta con 427 localidades oficiales. Recientemente, el área Cartografía de la Dirección General de Catastro, con el apoyo de IDECOR, finalizó un proceso de revisión y actualización cartográfica de los radios municipales y comunales, que implicó la verificación de todas las fuentes generadas a lo largo de los años.

La información se encuentra disponible tanto en el Sistema de Información Territorial (SIT) del Catastro Provincial como en MapasCordoba, el geoportal de IDECOR.

¿Qué son y rol tienen los radios municipales?

El radio municipal o comunal es el límite político-administrativo de comunas y municipios, donde los mismos ejercen el Poder de Policía en materias de su competencia (tributarias, uso del suelo, etc.).

Por ejemplo, la normativa catastral establece que “…los fraccionamientos ubicados dentro de radios municipales o comunales quedan sujetos a las normativas locales en materia de su competencia”, es decir que las regulaciones de tamaño y forma de parcelas, así como el uso de tierra, son establecidas por el municipio o comuna correspondiente.

Origen y marco legal

Los límites municipales y comunales tienen su origen en la Ley Orgánica Municipal N° 3373 de 1925, donde se establecía que: “El radio de los municipios de la Provincia comprenderá:

  1. La zona beneficiada por los servicios municipales de carácter permanente;
  2. La zona que las respectivas municipalidades previendo el ensanche de la ciudad, destinen para ampliación de los servicios municipales. Esta zona no podrá exceder en superficie la quinta parte de la comprendida en el inciso anterior.”

A su vez, la ley indicaba que: “Las Municipalidades de la Provincia serán de dos categorías: de primera, aquellas que funcionaren en un distrito cuya población sea mayor de diez mil habitantes; y de segunda, las establecidas en distritos de población inferior a esa cifra, según el último censo nacional, provincial o municipal y no menor de quinientos habitantes”.

Los radios debían ser aprobados por el Poder Ejecutivo Provincial. Bajo este marco legal se crearon los límites de muchas localidades actuales de la Provincia.

En 1971 se promulga la Ley “Guozden” N° 5286, que rectifica La Ley Orgánica Municipal vigente hasta la fecha, incorporando en el Art. 4° la siguiente frase: “También comprenderá la zona que se extiende hasta colindar con igual zona de los Municipios próximos…”, buscando evitar espacios territoriales intermedios sin jurisdicción local.

Figura 1:  Límites Municipio Dalmacio Vélez. Año 1945.

En 1991 se sanciona una nueva Ley Orgánica Municipal, N° 8102 (derogando las leyes de 1925 y 1971), la que se mantiene vigente hasta la fecha. La nueva ley establece las condiciones para el reconocimiento y competencia territorial de Comunas y Municipios: “… la zona en que se presten total o parcialmente los servicios públicos municipales permanentes, y la zona aledaña reservada para las futuras prestaciones de servicios”.

La ley establece además que los asentamientos urbanos estables se dividen en las siguientes categorías:

  • Comunas (menos de 2.000 habitantes)
  • Municipios (más de 2.000 habitantes)
  • Ciudades (más de 10.000 habitantes)

Para la creación de un municipio, ya sea de oficio o a petición de los vecinos, debe realizarse un censo, una memoria descriptiva, un mapa de la planta urbana, un informe de la necesidad y factibilidad de la prestación de servicios y un plan regulador de desarrollo urbano. Posteriormente, el proyecto de ley se remite a la Legislatura a los fines de su aprobación.

El artículo N° 6 establece que “La Dirección General de Catastro de la Provincia llevará el Registro Oficial de los documentos cartográficos que establezcan los ámbitos territoriales de municipios y comunas”.

Figura 2:  Modificación de Límites Municipio Dalmacio Vélez. Año 2008.

¿Cómo acceder a la información?

Los datos se administran en el Sistema de Información Territorial (SIT) de la Dirección General de Catastro, una plataforma de acceso particular para profesionales. Su acceso público, en cambio, está disponible en Mapas Córdoba, el portal de mapas y datos de IDECOR. Desde el mapa Catastro Online los límites pueden visualizarse y explorarse en forma dinámica, descargarse en formato KML e incluso accederse vía geoservicios OGC, para el caso de un usuario que requiera trabajarlos desde un softwares SIG o consumirlos en línea desde una aplicación web (Tabla 1).

La información publicada incluye los siguientes atributos:

  • Nomenclatura Oficial.
  • Nombre Oficial.
  • Legislación que lo constituyó.
  • Superficie en hectáreas.
  • Tipo de gobierno (Municipio o Comuna).

Tabla 1 – Geoservicios de Radios Municipales, Provincia de Córdoba

Tipo de
geoservicio OGC
Alcance /
funcionalidades
URL
WMS (Web Map
Service)
Visualización y
consulta
http://idecor-ws.mapascordoba.gob.ar/geoserver/idecor/radios_urbanos/wms  
WFS (Web Feature
Service)
Acceso a geometrías y atributos.
Descargas.
http://idecor-ws.mapascordoba.gob.ar/geoserver/idecor/radios_urbanos/wfs  

Puedes conocer más sobre cómo trabajar con servicios WMS accediendo al artículo Servicios WMS de IDECOR; y cómo trabajar con servicios WFS, consultando el artículo Trabajando con el catastro y demás datos provinciales en tu aplicación desktop o web! Cómo usar los servicios WFS de IDECOR.

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